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La INADMISIÓN de la querella, y las TRABAS de la abogada del OPUS DEI.

La Corte del Inglés ha escogido para esta ocasión un temazo de Eros Ramazzotti.

Me gustaría recordarte así,
con la sonrisa enamorada,
como si el sol hubiese salido aquí,
dentro de tu mirada.

Me gustaría recordarte ya ves,
como una historia importante y sincera,
aunque sé bien el sentimiento ahora es,
como brisa ligera.

Muchos amigos me esperan para inventar,
Juntos otros juegos

Letra de la canción una emoción para siempre de Eros Ramazzotti.

En el artículo anterior veíamos como el Juzgado 17 había archivado una querella interpuesta hacia un ALTO CARGO de la Comunidad de Madrid acusado de un presunto delito de PREVARICACIÓN ADMINISTRATIVA. Pues bien,en el artículo de hoy explicaré las TRABAS que me puso la LETRADA NUMERARIA DEL OPUS DEI.

Primero os pongo un vídeo sobre los SOCIOS NUMERARIOS de mi letrada:

La jugada maestra de mi letrada:

La letrada ( esa que dice ser devota de Jesucristo ) me escribió un whatsapp el 26 de FEBRERO indicándome su intención de renuncia,una renuncia basada en la excusa de que había recibido una oferta de un DESPACHO PENALISTA, y que por tal motivo no podía seguir atendiendo asuntos personales.

Estoy convencido de que mi caso le ha venido como anillo al dedo a sus intereses personales.

Mi letrada ha demostrado tener una INTELIGENCIA que llenaría de orgullo al mismísimo DEMONIO,mientras que la mía creo que podría llenar de felicidad al mismísimo JESUCRISTO.

Ni que decir tiene que esta LUCHA INTELECTUAL no podía ser más EMOCIONANTE.

La abogada ESPERÓ HASTA EL DÍA 5 DE ABRIL para presentar en el juzgado un escrito en el que indicaba que RENUNCIABA A DEFENDERME. Dicha numeraria del Opus me dejó en un estado de INDEFENSIÓN JURÍDICA a los pocos días antes de recibir ( 11 de abril, número de la fuerza ) el auto de la magistrada donde se indicaba la NO ADMISIÓN DE LA QUERELLA debido “al no resultar de amplio y difuso relato de hechos y documental unida que concurran los presupuestos y requisitos legales del tipo penal que se imputa, ni conducta que indiciariamente pudiera resultar delictiva”.

¿ Por qué esperó hasta el día 5 de abril para hacer efectiva su renuncia?.

La entrega de un ESCRITO DE RENUNCIA en una fecha próxima a la notificación de un auto judicial podría ser debido al hecho de pretender ocasionar un más que NOTABLE PERJUICIO a la hora de realizar cualquier tipo de trámite jurídico, incluyendo obviamente el correspondiente recurso de apelación. Dicho perjuicio se vería agravado por la situación de tener que llevar a cabo una NUEVA SOLICITUD LETRADA en un tiempo relativamente corto. Dicho trámite debía de realizarse dentro de los 5 días hábiles que concede de plazo el juzgado.

Ahora viene el asunto más peliagudo:

ES EL JUZGADO el que tiene la última palabra a la hora de decidir si suspende, o no suspende,los plazos del procedimiento mientras se tramita la nueva solicitud letrada.

Para complicarlo todavía más,la letrada después de presentar su escrito de renuncia me eliminó de su whatsapp, y me comunicó vía mail que si quería algo se lo dijese directamente a la procuradora, que A ELLA NO LA LLAMASE MÁS ( durante los 10 meses que ha durado esta pantomima con final de archivo la he llamado solo un par de veces ), ya que su número de teléfono era sólo para amistades. No me dejó otra opción que llamar a la procuradora para comunicarle el actual ESTADO DE INDEFENSIÓN JURÍDICA en el que me había dejado la letrada. Por dicho motivo le dije que tenía que enviarme a mi correo cualquier notificación que llegase del juzgado.

Una segunda curiosidad:

El destino quiso que fuesen 7 mujeres ( número seleccionado de mujeres que sufrieron ACOSO SEXUAL en El Corte Inglés y cuyas denuncias fueron expuestas en La Corte de Lucifer ) las protagonistas de este proceso judicial. Desde un primer TORPEDO letrado que me asignaron, el cual logré esquivar gracias al “FAVOR” de una letrada numeraria del OPUS DEI, pasando por una procuradora,una funcionaria PROFESIONAL ( que me informó que la fiscalía quería archivar mi caso ),una funcionaria BORDE,una secretaria judicial, y por último una Magistrada.

El día 9 de abril me acerqué al colegio de abogados para comentarles el escrito de renuncia de mi abogada. Allí me dijeron que tenía que ir a la comisión de justicia gratuita para que me diesen de alta un nuevo letrado en el expediente, ya que al tener uno privado solo figuraba el procurador. Después de realizar dicha gestión me acerqué al juzgado para que me hiciesen un acta de comparecencia.

¿Quién hizo aquel acta?:

El 27 de marzo fui al juzgado a preguntar por el estado de la querella, y cual fue mi sorpresa que la gestora que llevaba mi asunto llevaba 2 meses de baja. La funcionaria ( PROFESIONAL ) que me atendió me informó del estado de la querella, mientras otra en tono DESPÓTICO me dijo que su compañera NO TENÍA LA OBLIGACIÓN DE DARME NINGÚN TIPO DE INFORMACIÓN SOBRE LA MISMA.

La GRAN diferencia entre una y otra funcionaria radica en que la primera es una GRAN PROFESIONAL, y la segunda no es más que una simple TARJETA NUMÉRICA,que se encuentra allí solo para ENTORPECER el trabajo diario del resto de funcionarios que atienden correctamente al ciudadano.

Supongo que ya os habréis imaginado quien fue el funcionario ( pelota con el superior y prepotente con el que ella considera inferior), que tras NEGARSE en un primer momento a realizar dicho acta de comparecencia ( donde se indicaba que se parasen los plazos hasta que tuviese un nuevo letrado ), y tras hacerme esperar cerca de 2 HORAS, al final  accedió ( se lo diría alguna de sus jefas ) a realizarlo. Antes de redactarlo me comunicó que ahora era ella la que llevaba mi expediente en lugar de la otra funcionaria que había estado de baja 2 meses.¡Terrorífico!.

El día 11 de abril recibí a través de la procuradora el auto de archivo del juzgado,dando así comienzo una cuenta atrás para efectuar el recurso de apelación ante la audiencia provincial.

El 12 de abril me acerqué al colegio de abogados para entregarles el auto de archivo recibido por parte del juzgado, y comentarles mi actual estado de INDEFENSIÓN JURÍDICA debido al escrito de renuncia que entregó mi letrada. Allí me dijeron que tenía que ir a los servicios jurídicos de capitan Haya y solicitar una nueva solicitud de asistencia letrada, y que otro día, con más tiempo, volviese de nuevo al colegio de abogados para poner una queja debido a la evidente INDEFENSIÓN JURÍDICA. No obstante, me advirtió que dicha queja NO IBA A SERVIR ABSOLUTAMENTE PARA NADA.

Continuará…..

Una última curiosidad:

El edificio donde está ubicada la audiencia provincial es propiedad de El Corte Inglés. En la actualidad dicho edificio se encuentra a la venta debido a la ENORME DEUDA que arrastra la entidad. A este paso les va a pillar la NUEVA CRISIS INMOBILIARIA-FINANCIERA antes de que puedan llegar a vender sus inmuebles. Llegado ese terrible momento, la empresa pasará a la historia como lo hizo GALERÍAS PRECIADOS. Por si esto fuera poco, la clientela joven ( clave ) no quiere saber nada de esta empresa, ( muerta en vida )ellos sin lugar a dudas prefieren AMAZON.

En el siguiente artículo os explicaré un imprevisto de última hora que complicó aún más la cosas.

La Corte del Inglés NO SE RINDE aún sabiendo que tiene TODO en contra.

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El letrado argentino,el día de la oblación en el OPUS DEI, y la profecía.

La Corte del Inglés ha seleccionado para esta ocasión un temazo de los míticos LEÑO.

El día 19 de marzo ( DÍA DE LA OBLACIÓN EN EL OPUS DEI ) me citaron en los servicios jurídicos para indicarme que tenía que agotar antes la vía administrativa para poder entrar a la vía judicial.

No sé si fue por causalidad, o casualidad, pero aquel día me encontré de asesor al TORPEDO ARGENTINO, el mismo que me colocaron para la defensa de La Corte del Inglés, ante la demanda de El Corte Inglés. Un letrado que denuncié por DESLEALTAD PROFESIONAL, y que un juez apellidado TORO ( juez acusado recientemente por un presunto DELITO DE PREVARICACIÓN por Luis Giménez, ex-secretario general-director económico de la Federación Española de Baloncesto ) ARCHIVÓ la denuncia sin tan siquiera tomar una declaración jurada a un letrado ( que aparece junto a dicho JUEZ en un libro de extranjería ) que “habla” igual que el protagonista de la película 9 reinas.

Ni el mejor servicio de inteligencia del mundo hubiera llevado a cabo una investigación tan minuciosa sobre semejante boludo ( valiente gaucho que, en las Guerras de Independencia,mataban a los españoles con sus bolas de piedra y sus boleadoras ) como la que llevó a cabo el titular de La Corte del Inglés. Es una lástima que el servicio de inteligencia de mi amado país no seleccione a un PATRIOTA como yo después de haber realizado semejante proeza.

No creo que haga falta deciros que estadisticamente es bastante improbable que pueda encontrarme a dicho letrado argentino en aquellos servicios jurídicos, debido al elevado número de letrados que se encuentran en permanente rotación ejerciendo la labor de asesoramiento. Por otro lado, también debemos tener muy en cuenta que yo he visitado dichos servicios jurídicos en contadas ocasiones.

¿Cómo pudo suceder algo así?.
  • Dicha investigación la dejo en manos de mis queridos lectores,el resto no tendrán tan siquiera capacidad de enterarse de que va la historia. Es preferible 100 mentes despiertas, que 1 millón dormidas.

En aquella cita fui atendido por una simpática letrada que me advirtió que la querella que tenía interpuesta contra el funcionario público NO IBA A TENER NINGÚN RECORRIDO. La letrada lo argumentó con la siguiente frase:

“PERRO NO COME CARNE DE PERRO”.

La PROFECÍA que vaticinó aquella simpática letrada se materializó el pasado día 11 ( número mágico ) de abril. Ese día 11 de abril recibí un auto de la magistrada del juzgado Nº17 que decía:

«No procede la admisión a trámite de la querella al no resultar de amplio y difuso relato de hechos y documental unida que concurran los presupuestos y requisitos legales del tipo penal que se imputa, ni conducta que indiciariamente pudiera resultar delictiva, no teniendo acogimiento en la jurisdicción penal, sin perjuicio de las acciones que pudieran corresponder en otro orden jurisdiccional».

Este auto contiene un texto muy similar al que envió en su día el magistrado que recientemente ha sido acusado de un presunto delito de PREVARICACIÓN. Esta resolución no hace otra cosa que poner en evidencia que tanto la fiscalía, como el juzgado, SABEN ( yo no) PERFECTAMENTE QUE FUE lo que motivó a la funcionaria a tomar la decisión de conceder 200 euros en lugar de 400 en concepto de RMI.

¿Qué dice el artículo 404 del código penal ?.

“a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo se le castigará con la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por tiempo de nueve a quince años”.

Pues bien,una autoridad a sabiendas de su injusticia dicta una resolución ( concede 200 euros en lugar de 400 sin argumentar el motivo ) arbitraria en un asunto administrativo, y la fiscalía, y el juzgado NO VEN el delito tipificado en el artículo 404 del código penal.

Para terminar el artículo de hoy,me gustaría recordaros una reciente noticia relacionada con el mundo de LA JUSTICIA en nuestro AMADO PAÍS:

El FISCAL MOIX ( FISCAL DEL TRIBUNAL SUPREMO ) ha sido denunciado por INTEGRAR UNA ORGANIZACIÓN CRIMINAL

SI EL TABLERO DE LA JUSTICIA ESTÁ MÁS TRUCADO QUE UNA ESCOPETA DE FERIA, DE POCO O NADA TE SERVIRÁ TÚ BUENA PUNTERÍA.

Bienvenido a La Corte del Inglés.